Registro Único del Transporte Autormotor

Información detallada, formularios e instructivos para inscribirse en el Registro Único del Transporte Automotor.

Régimen Sancionatorio

Descargar Archivo

Régimen - Legislación vigente para el R.U.T.A.

Instructivos / Documentación

Descargar Archivo

INSTRUCTIVO Y VALORES TRÁMITES RUTA .------ VALORES VIGENTES de RUTA .- Cada legajo RUTA tiene un costo de $ 3.200.- * ALTA EMPRESA $ 6400 -

Descargar Archivo

Horarios y modalidades de atención. Información.- - HORARIO DE ATENCION DE PUBLICO EN GENERAL: 08:00 a 17:00 Hs- Con el objeto de brindar una mejor atención, para realizar el trámite de INSCRIPCION o REVÁLIDA del RUTA, deberá solicitar un turno al: Whatsapp: 261 557 7828 ATENCION DIFERENCIADA PARA EL SOCIO DE APROCAM CON LA CUOTA AL DÍA: Los socios de APROCAM con cuota al día NO NECESITAN TURNO. Pueden concurrir entre las 08:00 y las 17:00 Hs. de Lunes a Viernes y hacer entrega de la documentación, la cual verificará que se encuentre completa tanto para altas, reimpresiones o reválidas y dichos documentos se procesarán y se le indicará el día que debe pasar a retirar los Certificados. En caso que algún asociado por URGENCIA deba tramitar alguna inscripción, deberá allanarse a obtener número y aguardar su turno como público en general en el horario de atención de público.

Descargar Archivo

D.N.I. - Se les recuerda que para realizar tramites RUTA tanto altas como revalidas, se debe traer el original del Documento Nacional de Identidad y los que firmen los tramites por Poder deberán traerlos, y entregar una copia de los mismos

Marco Regulatorio

Descargar Archivo

Circular 02/2004 - Reválidas Anuales La reinscripción de los vehículos en el RUTA, se debe hacer al transcurrir el año, contado desde la fecha de expedición de la Constancia de Recepción de Trámite por el respectivo Centro de Inscripción. Ver Circular 02/2004 - Adjunta

Descargar Archivo

Circular RUTA N° 01/2017: 1. La gestión actual del Directorio RUTA solicita que dejemos el término Reválida por ser erróneo y que empecemos a llamarlo tal como figura en la Legislación: VALIDACION. 2. La Circular 01/2017 hace un resumen de la reglamentación existente respecto de la VALIDACION y da los argumentos para que sea fiscalizable: · La validación es un instrumento indispensable para mantener y poder fiscalizar la habilitación de la empresa como transportista. (Art. 6º de la Ley de Transporte 24653) · El mecanismo de validación y eventual actualización de datos (modificaciones de contacto, de razón social, etc.) fue regulado mediante las Circulares RUTA Nº 02/2004, 02/2006 y 02/2009, emitidas por el Directorio. La falta de validación se penalizaba con la pérdida del descuento en el peaje, bonificado a los transportistas hasta el año 2012. · Hoy, tomando como base la normativa del RUTA existente, surge una nueva interpretación y LA VALIDACION PASA A SER FISCALIZABLE · La falta de validación se considera infracción al Inc. a) del Art. 4º del Decreto 1035/2002. Transcribo el artículo: [ARTICULO 4º Unicamente se podrá exigir para circular, a los vehículos afectados al transporte interjurisdiccional de cargas, la siguiente documentación: a) Constancia de inscripción en el REGISTRO UNICO DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (R.U.T.A.).] · La infracción se encuadra en el art. 20 del Decreto 1035/2002, transcribo el artículo: [ARTICULO 20. La ejecución de transporte por automotor de cargas sin contar con la documentación exigida por la normativa vigente para la clase de servicio que realiza, será sancionada con multa de UNA (1) unidad a CINCO (5) unidades.] · El precio de la unidad de multa se fija en el Art. 51 del mismo Decreto 1035/2002: [ARTICULO 51. Al efecto de la determinación del valor de la unidad de multa de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 11 de la Ley Nº 24.653, deberá tomarse el precio del gasoil para la venta al público minorista de la empresa YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES SOCIEDAD ANONIMA en la CAPITAL FEDERAL.] · VIGENCIA: a partir de la publicación de la Circular 01/2017. · Los vehículos que integran el parque móvil de un transportista de carga interjurisdiccional (sea individual o sociedad comercial), para poder operar legalmente en el sistema, deben contar en forma simultánea con: 1) la habilitación del RUTA (inscripción y validación), 2) la revisión técnica periódica 3) los seguros de responsabilidad civil en vigencia La falta de cualquiera de estos requisitos implica la retención preventiva de la unidad (arts. 40 y 72.c. Ley 24.449). Los problemas de simultaneidad de las tres documentaciones se resuelven en las circulares RUTA Nº 15/2004 y 01/2012, refiriéndose la primera a la obtención del seguro obligatorio con la previa habilitación en el RUTA, y la segunda a la obtención de la RTO también con la previa habilitación en el RUTA. IMPORTANTE: lo expresado en el párrafo anterior es la decisión del Directorio RUTA, pero para que esto pueda entrar en vigencia la CENT lo debe instrumentar de algún modo, ya sea modificando el sistema de RUTA, el de RTO o ambos. Los mantendremos al tanto de las novedades, hasta el momento no está instrumentado.

Descargar Archivo

RUTA - Disposición Nº 922/13 Modificaciones a la Disp. 511/12 y Resol. 74/02 Señor Presidente: Se publicó en el Boletín Oficial la Disposición nº 922/13, por la que la Subsecretaría modifica la Disposición 511/12 que exigía como recaudo la presentación del certificado de configuración de modelo. Esta modificación había sido oportunamente solicitada por FADEEAC por cuanto consideraba improcedente tal requerimiento, como informáramos. Por último es grato informar que además se configuró el Directorio de Coordinación del RUTA sin la presencia de la Cámara de Talleres de Revisión Técnica -CATRAI-. Ambas decisiones del señor Subsecretario de Transporte Terrestre otorgan al RUTA un más correcto ordenamiento por lo que FADEEAC considera muy oportuna su sanción. Se adjunta la mencionada Disposición.

Descargar Archivo

Circular 03/12 Adjuntamos Circular 03/12 donde se prorroga el vencimiento de la constancia de fecha 20/10/12 hasta el 20/11/12. La difusión y distribución de la misma, no implica suspender los trámites. Es decir, junto a los nuevos trámites de Alta, Reimpresión y Reválida, deberán entregar el Certificado Provisorio con vencimiento 20/10/12 SIN NINGUNA ENMIENDA junto a la Circular 03/12. A quienes ya se les haya entregado los Certificados Provisorios a partir de la fecha 14/09/12, deberán facilitarles la Circular 03/12. No se entregará Constancia Provisoria con nuevo vencimiento.

Descargar Archivo

Exigen que el certificado RUTA se presente en original Con motivo de la caída momentánea del sistema de informática para la realización de los trámites RUTA, y ante la tramitación de permisos para el transporte de cargas internacional (nuevos, renovaciones y altas), la Subsecretaría de Transporte Automotor exige que el certificado RUTA se presente en original, o certificado por escribano, y en caso de ser en la Provincia de Buenos Aires, que esté certificado por el Colegio de Escribanos.

Descargar Archivo

Prórroga por cambios de sistema en el RUTA Se prorrogan los trámites del RUTA por cambios en el sistema Con respecto a los cambios suscitados con el Registro Unico de Transporte Automotor -RUTA-, informando que el Subsecretario de Transporte Automotor, D. Edgardo Colombini se ha dirigido al Interventor de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte -CNRT-, por nota que nforma que se ha prescindido de los servicios prestados por la Empresa Asistente Proyectos de Informática S.A. En virtud que la puesta en funcionamiento del sistema llevará un tiempo prudencial, el Subsecretario solicita a la CNRT notifique a los agentes de fiscalización, tanto propios como de Gendarmería Nacional y Prefectura Naval, que consideren prorrogadas tanto las revalidaciones como las nuevas inscripciones pendientes desde el 14 del corriente, hasta la fecha de la puesta en vigencia el nuevo servicio de administración del RUTA. Mediante la nota Nº 359 que se adjunta, las empresas tienen un elemento para presentar ante una fiscalización, como para efectuar un descargo en caso de haber sido sancionados por llevar la tarjeta vencida a partir de la fecha mencionada. En el archivo adjunto encontrarán dicha nota, que puede imprimirse, o bien solicitarla a info@aprocam.org.ar

Descargar Archivo

Exigencias para trámites del RUTA - Para la realización de cualquier trámite del RUTA, era necesario acreditar el cargo y adjuntar copia del DNI. A partir del 25 de Enero se suma la exigencia de acreditar el cargo en todos los trámites (ALTAS, BAJAS, REVALIDAS, PEDIDOS DE REIMPRESION DE CERTIFICADOS o de TARJETAS R.U.T.A.) UNIPERSONALES: presentar original y entregar una fotocopia del D.N.I. SOCIEDADES DE HECHO: presentar contrato original y entregar una copia y fotocopia del D.N.I. S.A. si el firmantes es el Presidente del Directorio, copia certificada y una fotocopia del Acta de la última asamblea. S.R.L. ó S.C.A.-Copia del contrato social para verificar duración de la sociedad y si el firmantes es uno de sus socios gerentes. APODERADOS: para cualquiera de los casos enunciados precedentemente presentar original o copia certificada del poder y hacer entrega de una fotocopia del mismo junto con el D.N.I. CRI 1012-APROCAM-Autorizante Nro. 23 Registro Unico Transporte Automotor Centro Recepción Inscripciones 1012-Mendoza 1078-San Rafael

Descargar Archivo

Decreto Nacional 1035/2002 DECRETO REGLAMENTARIO SOBRE TRANSPORTE DE CARGAS

Descargar Archivo

Ley 24.653 - TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS

Preguntas Frecuentes

Descargar Archivo

Preguntas Frecuentes - Preguntas Frecuentes del Registro Unico del Transporte Automotor.

Consultas:

ruta@aprocam.org.ar

WhatsApp para turnos: 261 5577828

Centros de Recepción