Fin de semana largo: restricciones en rutas nacionales

09 / 12 / 2015

Fin de semana largo: restricciones en rutas nacionales

De acuerdo a lo establecido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) se informa que la circulación de camiones de más de 3.500 kg quedará restringida en las rutas nacionales y los accesos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debido al fin de semana largo que se avecina con motivo del día de la Inmaculada Concepción, 8 de diciembre. La medida regirá durante los siguientes días y horarios:

 

Días y horarios en que se aplicará la veda:

 

Fecha

Horario

Sentido

Viernes 4 de diciembre de 2015  

de 18 a 23.59 hs  

 mano  ascendente-sentido salida capital federal

Martes 8 de diciembre de 2015

de 18 a 23.59 hs

mano descendente-sentido regreso hacia Capital Federal.

 

Recordamos que por Disposición nº 659 se establece que los vehículos de categorías N2, N3, O, O3 y O4 no podrán circular por la Ruta Nacional N° 09 desde el km. 85 hasta el km. 142,   desde las 15:00 hs. hasta las 17:59 hs., horario a partir del cual comienza la medida restrictiva dictada mediante la Disposición ANSV N° 384 del 29 de junio de 2015

 

Restricción en la  RUTA NACIONAL Nº9  Desde el km. 85 al Km. 142 –

 

Viernes 4 de diciembre de 2015 comienza a  las 15:00 hs. hasta  las 23:59 hs.

 

Martes   8 de diciembre de 2015 comienza a las 15:00 hs. hasta  las 23:59 hs.

 

 

Se exceptúan de la restricción  a los vehículos que a continuación se detallan:

a) De transporte de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados;

b) De transportes de animales vivos;

c) De transportes de productos frutihortícolas en tránsito;

d) De transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual;

e) De atención de emergencias;

f) De asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado y en regreso en vacío;

g) Cisterna de traslado de combustible, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo;

h) De transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos;

i) De transporte de medicinas;

j) De transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos;

k) De transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial;

l) De transporte de sebo, hueso y cueros

 

B) SECCION II   

 

RUTA

DESDE

HASTA

Nº 3

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Bahía Blanca, Pcia. de Bs. As.

Nº 5

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ciudad de Trenque Lauquen, Pcia. de Bs. As.

Nº 7

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ciudad de San Luis, Pcia. de San Luis. Tramo correspondiente a autovía desde la Ciudad de San Luis, Pcia de San Luis, a la Ciudad de Mendoza, Pcia de Mendoza, se restringirá conforme el criterio establecido para Autopistas.

Nº 8

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ciudad de Villa Mercedes, Pcia. de San Luis

Nº 9

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ciudad de La Quiaca, Pcia. de Jujuy. Tramo correspondiente a Autopista o Autovía, entre los kilómetros 0 hasta la Av. Circunvalación en la Ciudad de Córdoba, se restringirá conforme el criterio establecido para Autopistas.

Nº 11

Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe.

Ciudad de Clorinda, Pcia. de Formosa.

Nº 12

Empalme con Ruta Nacional N° 9, Provincia de Buenos Aires.

Puerto Iguazú, Pcia de Misiones. Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 80 a 159.91; 1390,9 a 1396.11 y 1636.87 a 1638.76 se restringirán conforme el criterio establecido para Autopistas.

Nº 14

Ciudad de Ceibas, Pcia. de Entre Ríos.

Ciudad de San José, Pcia. de Misiones. Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 0 a 504,38 se restringirán conforme el criterio establecido para Autopistas.

Nº 19

Ciudad de Santa Fe, Pcia. de santa Fe.

Ciudad de Córdoba, Pcia. de Córdoba.

Nº 20

Ciudad de Córdoba, Pcia. de Córdoba.

Ciudad de San Juan, Pcia. de San Juan.

Nº 22

Ciudad de Bahía Blanca, Pcia. de Buenos Aires.

Pcia. de Neuquén.

Nº 33

Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe.

Ciudad de Bahía Blanca, Pcia. de Bs. As.

Nº 34

Intersección con la R.N. 9 en la Localidad de GUEMES, Pcia. de SALTA.

Yuto, Pcia. de Jujuy.

Nº 35

Ciudad de Río Cuarto, Pcia. de Córdoba.

Ciudad de Santa Rosa, Pcia. de La Pampa.

Nº 36

Ciudad de Río Cuarto, Pcia. de Córdoba.

Ciudad de Córdoba, Pcia. de Córdoba.

Nº 38

Empalme con la RN N° 20, en la Pcia. de Córdoba.

Ciudad de S. M. de Tucumán, Pcia. de Tucumán.

 

Nº 40

Ciudad de San Juan, Pcia. de San Juan.

Ciudad de Malargüe, Pcia. de Mendoza.

Empalme con la R.N. N° 234, de la Pcia. de Neuquén.

Ciudad de Esquel, Pcia. de Chubut.

Nº 74

Empalme con la Ruta Nacional N° 38, Pcia. de La Rioja.

Ciudad de Chilecito, Pcia. de La Rioja.

Nº 105

Ciudad de San José, Pcia. de Misiones.

Ciudad de Posadas, Pcia. de Misiones.

Nº 127

Empalme con R.N. N° 12, Pcia. de Entre Ríos.

Empalme con Ruta Nacional N° 14, Pcia. de Corrientes.

Nº 141

Empalme con la Ruta Nacional N° 79, en la Pcia. de La Rioja.

Ciudad de San Juan, Pcia. de San Juan.

Nº 146

Empalme Ruta Nacional N° 20, Pcia. de San Luis.

Ciudad de San Rafael, Pcia. de Mendoza.

Nº 147

Ciudad de San Luís, Pcia. De San Luis.

Empalme de la Ruta Nacional N° 20 de la Pcia. de San Luis.

Nº 148

Ciudad de Villa Dolores, Pcia. de Córdoba.

Límite con la Pcia. de San Luis.

Nº 158

Ciudad de San Francisco, Pcia. de Córdoba.

Ciudad de Villa Mercedes, Pcia. de San Luis.

Nº 174

Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe.

Ciudad de Victoria, Pcia. de Entre Ríos.

Nº 188

Ciudad de San Nicolás de los Arroyos, Pcia. de Bs. As.

Ciudad de General Alvear, Pcia. de Mendoza.

Nº 205

Ciudad de Cañuelas, Pcia. de Bs. As.

Ciudad de San Carlos de Bolívar, Pcia. de Buenos Aires.

Nº 226

Ciudad de General Villegas, Pcia. de Bs. As.

Empalme Ruta Provincial N° 29, Pcia. de Bs. As.

Nº 231

Empalme con la Ruta Nacional N° 40, Pcia. De Neuquén.

Paso Cardenal Samoré, Pcia. de Neuquén.

 

Todas las Autopistas de acceso a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en toda su extensión

 

C) SECCION III -

FECHA

HORARIO

SENTIDO DEL FLUJO VEHICULAR EN:

 

 

  • Autopistas de Acceso a la Ciudad Autónoma de Buenos    Aires en toda su extensión.
  • Autopista RN 7 desde ciudad de SAN LUIS a la ciudad de MENDOZA.
  • Autopista RN 9 desde el  km 0 hasta la Av. Circunvalación en la ciudad de CORDOBA.
  • Autovía RN 12 desde el km 80 al 159.91;
  • Autovía RN 12 desde el Km 1390,9 al 1396
  • Autovía RN 12 desde el km 1636,87 a 1638.
  •  Autovía RN 14 desde el km 0 al 504.38. 

 

 

 

 

 

 

PROVINCIA DE BUENOS AIRES-RESTRICCIONES A LA CIRCULACION DE CAMIONES   5 al 8 de diciembre  

PROXIMAS RESTRICCIONES:

La Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Infraestructura, comunica que queda restringida la circulación de camiones por el fin de semana largo del 5 al 8 de diciembre,  en la Autovía 2 y Rutas Provinciales 11, 36, 56, 63, 74 y Autopista Buenos Aires–La Plata, con el objetivo de facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito

 

La medida contempla a los vehículos de transporte de cargas mayores de siete (7) toneladas de porte bruto, los mismos no podrán circular por las Rutas Provinciales conforme los tramos, las fechas y horarios establecidos por la Agencia Provincial del Transporte del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

 

 

FECHAS

HORARIOS

SENTIDO DE FLUJO

VEHICULAR EN ACCESO AL

AREA METROPOLITANA

 

Viernes 4 de diciembre de 2015

De 17 a 23:59 hs.

Ascendente (salida)

Sábado 5 de diciembre de 2015

De 17 a 23:59 hs.

Ascendente (salida)

 

Martes 8 de diciembre de 2015

De 08:00 a 23:59 hs.

Descendente (regreso)

 

 

 

 

RUTA PROVINCIAL Nº

TRAMO

Autopista Buenos Aires – La Plata

Desde Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la ciudad de La Plata

RP Nº 2 (AUTOVIA 2)

Desde Km. 59 (Distribuidor de Transito Etcheverry ?

La Plata) hasta el Km. 400 (Camet).

RP Nº 11

Desde intersección con RP Nº 36 (Pipinas) hasta el

Km. 537 (Chapadmalal)

RP Nº 36

Desde Rotonda RP Nº 10 (Prolongación Av. 66 ? La

Plata) hasta la intersección con RP Nº 11 (Pipinas)

RP Nº 56

Desde su intersección con la RP Nº 11 (Gral. Conesa)

hasta su intersección con la RP Nº 74 (Gral.

Madariaga).

RP Nº 63

Desde Distribuidor de Transito con RP Nº 2 (Dolores)

hasta Intersección con RP Nº 11 (Esquina de Crotto).

RP Nº 74

Desde su intersección con la RP Nº 56 (Maipu) hasta

su intersección con la RP Nº 11 (Pinamar).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Vialidad Provincial recomienda a los conductores: circular con las luces bajas encendidas; con la V.T.V. actualizada; respetar las velocidades máximas y mínimas; colocarse el cinturón de seguridad; no sobrepasar a otro vehículo con presencia de doble línea amarilla; los niños menores de 12 años deben viajar en el asiento trasero correctamente sujetados; haber dormido y descansado antes de emprender un viaje y no beber alcohol

 Se autoriza a la Dirección del Transporte de Cargas dependiente de la Dirección Provincial del Transporte a realizar en caso de excepción, debidamente justificado, el otorgamiento de Autorizaciones de Circulación en Áreas Restringidas. 

Se exceptúa de dicha autorización a los vehículos que pretendan circular por la Ruta Provincial Nº 11 entre el kilómetro 191 y 225 de acuerdo a lo prescripto por la Resolución Nº 92/14 del registro de esta Agencia Provincial del Transporte, que establece que debido a tareas de mantenimiento sobre el Puente Arroyo Las Víboras en la Ruta Provincial Nº 11 en el Km 214, surge la necesidad de dictar una serie de medidas destinadas a prevenir y amortiguar las posibles demoras que pudieran generarse por la necesaria realización de un desvío del tránsito sobre el puente mencionado, situación que de no atenderse, podría ocasionar imprevistos difíciles de dimensionar en perjuicio de las personas que se desplazan por dicha ruta provincial,  por lo cual en su artículo 1º la mencionada norma establece que los vehículos mayores de cinco (5) toneladas de porte bruto, incluidos los ómnibus, no podrán circular so


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