Legislación vigente para el Transporte de Cargas en Argentina y países limítrofes.
Decreto N° 743/2018 - Actualización de las listas de precursores químicos Actualización de las listas de precursores químicos Estimado Operador: Las nuevas tendencias mundiales de las organizaciones criminales de emplear sustancias no controladas en la producción y fabricación ilícitas de estupefacientes, en reemplazo de las ya reguladas, exigen adecuar las normas para evitar su utilización en el narcotráfico. Por ello, el Gobierno Nacional, en cumplimiento del artículo 44 de la ley 23.737, actualizó las listas de precursores químicos mediante el Decreto N° 743/2018, vigente desde el 24 de agosto inclusive. En caso de necesitar realizar alguna consulta, por favor comunicarse a consultas.rnpq@minseg.gob.ar o al 0800-666-7367
Impresión multas de guarda y custodia - CNRT En el siguiente enlace podrá imprimir la boleta para el pago de guarda y custodia. Tienen que tener el acta de infracción y el importe exacto de la misma, comunicandose con la CNRT http://pagoselectronicos.cnrt.gob.ar/buscar/10 CNRT : 0800-333-0300 MENDOZA: 4322979 Atención de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 hs. GUARDA Y CUSTODIA (Liberaciones) (011) 4918-6245 (011) 4819-3190 COSTOS LIBERACION https://www.argentina.gob.ar/liberar-vehiculos-retenidos
CNRT: Subsanación Infracciones - Res 1055/2016.- En esta disposición hallaran los plazos, tiempos y documentación a presentar para subsanar cuando una unidad es paralizada o retenida por la CNRT o Gendarmería por presunta infracción a la Ley Nacional de Transporte de Cargas Resolución 1055/2016-. El día 5/10/16 se publicó en el Boletín Oficial la resolución 1055/2016, dictada por la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, por la cual se modifica el protocolo sobre procedimiento de subsanación de infracciones para el transporte de cargas interjurisdiccional, establecido en la resolución 25/2016, ampliando su alcance a los operadores que realizan tráficos internacionales.- Por otra parte el anexo IV de la presente resolución 1055 determina, a) cuales son las causales de paralización (faltas que se encuentran sujetas a subsanación inmediata) y de retención (sin que pudiera subsanarse inmediatamente las mismas), en el primer caso, solo puede subsanarse mientras se encuentra abierto el operativo o en un plazo menor a criterio del fiscalizador, b) para la liberación de las unidades retenidas, además del pago de la guarda, debe acreditarse la vigencia de la contratación de póliza de seguros de responsabilidad civil de la unidad y que el conductor que retire la unidad, cuente con LNH vigente, c) en todos los casos el objetivo es evitar la sanción pecuniaria (multa), siempre que la falta pueda ser subsanada, sea durante el procedimiento de constatación o inclusive en el sumario posterior sin que medie resolución del mismo, d) los procedimientos de subsanación se clasifican en d1) de forma inmediata d2) de forma posterior, d3) un procedimiento mixto, sujetas las dos primeras a la posibilidad del operador de transporte de subsanar las falencias constatadas inmediatamente pero sin la instrumentación de sumario; luego de instruido el sumario (d3), bajo solicitud de vista de cargo por parte del operador de transporte y con el pago de las presuntas infracciones que no resultaren subsanables dentro de los 5 días de solicitada tal vista; e) en todos los casos los plazos de subsanación serán los máximos establecidos para cada caso en los anexos I, II y III de la presente resolución, f) de oficio la CNRT, podrá subsanar los sumarios ya instruidos y pendientes de resolución, en la medida que se verifique que el operador de transporte ha cumplimentado lo dispuesto en los anexos antes mencionados.-
I.T.C.- Impuesto a la Transferencia de los Combustibles Normativa vigente complementarias y modificatorias al 1/1/2015
Nuevo procedimiento para certificación de exportaciones de uva Procedimiento de certificación Expo Vid
Resolución 10-2000 Instrucciones para la Fiscalización del Transporte por Carretera de Mercancías Peligrosas en el Mercosur
Régimen de contrato de trabajo: modificaciones En relación a la publicación del Boletín oficial del 15/12/2016, por el cual a través de la sanción de las Leyes 27320, 27321, 27322, 27323 y 27325 se modificaron los art. 147, 54, 71, 75 y 255 respectivamente.- Se adjunta documento detallado
Convenio Colectivo de Trabajo 40-1989 Convenio Nacional
Convenio colectivo de Trabajo 40-1989 Convenio Nacional
Disposición 323/2019 - Trailers / Casa rodante Aplica hasta 750 kilos (categoría 01). Los tráileres y casas rodantes deberán contar desde el 1° de abril de 2022, con una placa identificatoria otorgada por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor, y como trámite previo sus dueños tendrán que obtener de parte de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) una certificación de que los vehículos son seguros para la circulación por la vía pública.
Digesto municipal de Mendoza: guía para consultarlo El digesto municipal constituye una recopilación de la totalidad de las ordenanzas y resoluciones, emanadas del Honorable Concejo Deliberante, desde el año 1917.
Disposición 294/2010 Agencia Nacional de Seguridad Vial SEGURIDAD VIAL Disposición 294/2010 Apruébase el Plan Nacional de Seguridad Vial 2010. Bs. As., 5/10/2010
Emergencia Vial Emergencia Vial en la Pcia. de Buenos Aires
Decreto 867-94 Reglamento de Tránsito y Transporte
Decreto 1339-94 Correcciones al Decreto 867/1994
Decreto 79-98 Tránsito y Seguridad Social
CIRCULAR RUTA N° 01/12 - Reválidas Providencia Operativa sobre realización Reválidas anuales.
CNRT: consulta de actas de infracción La Comisión Nacional de Regulación del Transporte CNRT, mediante nota 1107/16, de fecha 20/10/16 ha notificado a FADEEAC, en fecha 28/10/16, el desarrollo de la opción de consultas de actas labradas a los transportistas de cargas de jurisdicción nacional, en su página web, debiendo ingresar a dicho a través de www.cnrt.gov.ar / opción transporte automotor / actas pasajeros o cargas. (https://www.cnrt.gob.ar/content/transportistas/transportistas ) Esta posibilidad de consultas online, surge de un acuerdo suscripto oportunamente por FADEEAC con dicho organismo en tal sentido, y tiene por objeto que el transportista conozca el estado de las actas de infracción que pudiera tener. DEPARTAMENTO DE LEGISLACIÓN FADEEAC
Requisitos de tránsito o circulación de materias primas de origen vínico Resolución C.13/2011 del Instituto Nacional de Vitivinicultura que deroga la Resolución N° C.22/07.
Requisitos de Tránsito o circulación de Alcohol Etílico cualquier origen y/o tipo Resolución C.14/2011 del Instituto Nacional de Vitivinicultura que deroga la Resolución N° C.22/07.
Requisitos de tránsito o circulación de metanol a granel o fraccionado Resolución C.15/2011del Instituto Nacional de Vitivinicultura que deroga la Resolución N° C.22/07.
Decreto 1035-02 Transporte Automotor de Cargas
Decreto 779-95 Tránsito y Seguridad Vial
Decreto 105-98 Transporte de Cargas
Requisitos para iniciar los trámites de YPF en ruta Instrucciones básicas para el cliente
Requisitos para iniciar los trámites de YPF en ruta Formulario de ABM
Requisitos para iniciar los trámites de YPF en ruta Solicitud de Adhesión
Requisitos para iniciar los trámites de YPFen ruta Anexo Débito Directo
Requisitos para iniciar los trámites de YPFen ruta Anexo Choferes
Requisitos para iniciar los trámites de YPFen ruta Condiciones generales YPF en ruta
Pesos y Dimensiones Dimensiones, peso máximo y tolerancia
Bandas Reflectivas Utilización de Bandas y/o Placas Retroflectantes
Resolución 195-97 Secretaría de Obras Públicas y Transporte