Ya es ley el nuevo régimen de ART

28 / 11 / 2012

Tanto el texto de la norma, aprobada en Diputados, como el Decreto 2038/2012 fueron publicados hoy en el Boletín Oficial. La nueva legislación elimina la "doble vía" por la que se cobraba indemnización La Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC) manifestó hoy su satisfacción ante la sanción legislativa del proyecto  de reforma a la ley de Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART), por el cual se elimina la doble vía.

Ya es ley el nuevo régimen de ART

El Gobierno logró convertir esta semana en Ley el nuevo régimen de ART que aleja, aunque sea por un tiempo, el riesgo a las empresas de sufrir juicios por indemnizaciones en caso de accidentes. El proyecto presentado por Cristina de Kirchner, elimina la doble vía y acelera a 15 días el pago de la compensación dentro del sistema de ART, que, además, será aumentado. A eso dieron el acuerdo empresarios y hasta el PRO, que votó junto al Gobierno en el recinto de Diputados. Juntos lograron 139 votos a favor contra 82 del resto de la oposición. El sindicalismo opositor insiste en que la ley no soluciona el problema de las indemnizaciones, pero el Gobierno logra tiempo, hasta que comiencen a aparecer pedidos de inconstitucionalidad para que la Justicia habilite en paralelo la vía a la indemnización civil. Será como siempre la Corte Suprema la que dará validez final a lo que ahora votó el Congreso-

Publicación en el Boletín Oficial

El Poder Ejecutivo promulgó la ley que modifica la legislación sobre riesgos laborales vigente desde 1995 y eleva el monto de las indemnizaciones por accidentes de trabajo, sancionada el miércoles por la Cámara de Diputados.

Tanto el texto de la norma, que había sido aprobada el 3 de octubre en el Senado, como el decreto de su promulgación (2038/2012), fueron publicados hoy en el Boletín Oficial.

La iniciativa oficial fue convertida en ley hace dos días tras obtener 140 votos a favor, 83 en contra y 1 abstención.

La reforma a la ley de riesgos laborales transfiere el reclamo judicial de un conflicto del fuero laboral al fuero civil.

A la vez, elimina la "doble vía" por la que se cobraba indemnización de las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) y además se permitían reclamos de resarcimiento ante la Justicia.

En otro de sus puntos salientes, el texto aprobado establece un plazo máximo de 15 días a partir del accidente para que el trabajador cobre la indemnización correspondiente.

También dispone que cuando el daño se produzca en el lugar de trabajo, el damnificado percibirá junto a las indemnizaciones dinerarias previstas en este régimen, una indemnización adicional de pago único en compensación por cualquier otro daño no reparado por las fórmulas allí previstas, equivalente al 20% de esa suma.

En caso de muerte o incapacidad total, esta indemnización adicional nunca será inferior a 70.000 pesos.


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